La entidad financiera fue multada por establecer rangos de edad injustificados en la contratación de préstamos personales, vulnerando el derecho al trato igualitario de los consumidores.
Banco Pichincha fue multado por discriminación etaria al imponer rangos de edad injustificados para la contratación de préstamos, vulnerando el derecho al trato igualitario de los consumidores.
Detalles de la denuncia
La asociación de consumidores y usuarios de la región Áncash denunció que el banco establecía como requisito un mínimo de 21 años para acceder a los préstamos personales. Sea con garantía líquida y con garantía hipotecaria. Esta condición fue calificada como discriminatoria, ya que limitaba injustificadamente el acceso a un grupo etario sin una razón válida.
Argumentos del banco
Banco Pichincha alegó que el rango de edad no era determinante y presentó pruebas de clientes menores de 21 años que accedieron a préstamos. Sin embargo, no logró demostrar que la restricción no excluía injustificadamente a otros solicitantes. A esto la sala precisó que, aunque el factor edad puede ser considerado, no debe ser el único filtro para la evaluación crediticia.
El tribunal resolvió imponer al banco una multa de 90 UIT, equivalente a más de S/ 445,000, dividida entre los tres productos financieros denunciados. Además, ordenó implementar medidas correctivas, como la capacitación a su personal sobre prevención de discriminación y la instalación de carteles informativos en sus locales.
Medidas y marco legal
Aunque el banco eliminó el requisito de edad de su página web antes de la resolución, Indecopi destacó que las prácticas previas ya habían afectado a los consumidores. Se ordenó garantizar que el acceso a los créditos esté basado en criterios objetivos, como capacidad de endeudamiento e historial crediticio.
La Constitución peruana y el Código de Protección y Defensa del Consumidor prohíben la discriminación en cualquier transacción comercial. El fallo también tomó como referencia sentencias del Tribunal Constitucional que reconocen la edad como un factor de discriminación prohibido.
La resolución de Indecopi resalta que la igualdad de trato debe prevalecer en el mercado financiero. El cumplimiento de estas disposiciones es importante para proteger los derechos de los consumidores y fomentar la confianza en el sistema bancario.
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